La Administración General de Puertos (AGP) ya le comunicó a las agencias marítimas y a los armadores que cobrará el peaje a los buques que naveguen por el sistema de navegación troncal a partir del 11 de septiembre.
En realidad, la extensión brindada a Hidrovía SA concluye el 14 de septiembre. Pero la AGP confirmó ante una consulta de Trade News que el peaje será cobrado por el Estado a partir de las “cero horas del 11 de septiembre”.
De acuerdo con lo dispuesto por el decreto 427/21, la AGP pasará a ser el concesionario a cargo del mantenimiento de la vía navegable. En tal sentido, será la responsable de la “liquidación y el cobro del peaje que se percibirá de los usuarios del sistema”. Las obras de mantenimiento en las profundidades, ancho y señalización del sistema, en tanto, serán contratadas a un operador privado, aunque no se conoce aún detalles de cómo se instrumentará la contratación.
“Con este nuevo esquema, lograremos un sistema ágil y seguro que nos permitirá estar preparados para la nueva etapa y tomar rápidamente el control administrativo del proceso, evitando demoras y garantizando la operatividad contable de la principal vía de comercio exterior de nuestro país”, explicó la AGP en su comunicado a los usuarios.
Comunicación por mail
Los usuarios que no se encuentren en la base de clientes de la AGP deberán presentar su documentación fiscal y societaria al organismo a través de un correo electrónico: administracion_VNT@puertobuenosaires.gob.ar, mientras que los comprobantes de pago deberán remitirse a la casilla facturacion_VNT@puertobuenosaires.gob.ar, desde la que se enviarán las facturas.
“De no recibirse (el comprobante) no se podrá computar el pago”, advierte la AGP, que abrió para tal fin una cuenta en la sucursal Plaza de Mayo del Banco Nación, tal como anticipó Trade News el 30 de junio pasado. En principio, se trata de una cuenta corriente en pesos y “en breve, se comunicarán los datos de otra cuenta corriente en dólares, también del Banco Nación”, explicaron.
Por último, “todos los buques sujetos al pago del peaje deberán tener indefectiblemente un agente marítimo, con inscripción en AFIP, a cuyo nombre será emitida la factura. La condición de pago inicial será 30 días fecha de factura para todos los usuarios. La misma podrá ser revisada en función del historial de cumplimiento de cada cliente. En caso de que el pago no se realice a tiempo, se podrá inhabilitar al responsable para futuras operaciones, ya sean referidas a ese buque/viaje u otro”, concluyó la AGP.