“Un acto jurídico solemne para dar forma a ciertas obligaciones mutuas desde tanto tiempo atrás consentidas, sancionadas y acatadas”, decía un día como hoy, de 1967, el entonces canciller argentino Nicanor Costa Méndez, tras firmar con su par de Paraguay, Raúl Sapena Pastor, el convenio bilateral de libre navegación entre ambos países en el Palacio San Martín.
A 51 años de la firma del “Tratado de navegación de los ríos Paraná, Paraguay y de la Plata”, ratificado por ley de ambos congresos, el convenio no se cumple por una interpretación que hace la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables local del Reginave (Régimen de Navegación), sancionado con posterioridad al tratado bilateral.
Dicha interpretación comenzó hacia 2014, cuando la autoridad de aplicación recaía en el ex subsecretario de Puertos y Vías Navegables, Horacio Tettamanti. No obstante, con el cambio de Gobierno, todavía no se corrigió el rumbo y persiste la decisión unilateral argentina de obligar a embarcar prácticos argentinos en buques paraguayos de más de 120 metros de eslora.
La decisión desconoce a los profesionales paraguayos como capacitados para realizar la navegación en aguas argentinas, contrariando, en opinión de los armadores del país vecino, el espíritu del acuerdo firmado. La discusión está estancada entre ambas Cancillerías, menos por política decidida que por el perezoso desinterés diplomático bilateral.
Marcos normativos
En rigor, el Reginave le dedica el capítulo 4 a la navegación de los buques de bandera paraguaya en aguas argentinas y señala que éstos “podrán navegar en aguas jurisdiccionales argentinas, en las zonas que establece el Tratado de Navegación entre la República Argentina y la República del Paraguay, conducidos por sus propios prácticos o baqueanos”.
Esta habilitación, dice el Reginave, la extiende la prefectura paraguaya (se exigen 12 viajes en los últimos 2 años) y se compromete la Prefectura argentina a reconocer a los profesionales paraguayos con la mera “comunicación” que certifique el conocimiento de zona.
En tanto que la norma que reglamenta el practicaje en aguas argentinas (decreto 2694/91) señala que los buques de bandera extranjera “pueden navegar sin práctico o con práctico extranjero, cualquiera sea la extensión de su eslora y calado“. Esto en cuanto a la navegación: para el ingreso y salida de puertos argentinos, es preciso el embarque de prácticos argentinos.
Pero mientras Paraguay no exige prácticos argentinos para buques nacionales navegando en aguas paraguayas, el tratamiento no es recíproco desde abril de 2014.
Interpretación heredada
El argumento de la autoridad de la Dirección de Transporte Fluvial y Marítimo de la Argentina es que Paraguay brinda primero el título de práctico y luego el de capitán, mientras que en la Argentina primero se debe ser capitán para acreditarse luego como práctico. Como difieren las exigencias de la titulación de prácticos en ambos países, “mal puede el buque en cuestión (de bandera paraguaya) utilizar sus propios prácticos en los términos de la legislación argentina“, interpreta la autoridad de aplicación del Reginave.
En diálogo con Trade News, Roberto Gunther, armador de buques portacontenedores y tanqueros del Paraguay, destacó que debió recurrir a amparos en sede judicial para que se cumpliera con el tratado bilateral de 1967 y para evitar el recurso a los prácticos argentinos.
En 2014, en su primer viaje, el containero Doña Magda (de 134,4 metros de eslora) fue forzado a embarcar prácticos. “En 3 años gastamos 3.450.000 dólares en servicios de practicaje. Realizamos las protestas correspondientes en la Cancillería, en la Prefectura y en la Subsecretaría. Y terminamos optando por los amparos judiciales”, indicó.

Roberto Gunther, presidente de Copanu del Paraguay
Las medidas que exceptúan a la firma Copanu, de Gunther, fueron logradas tras la gestión del estudio jurídico argentino Radovich & Porcelli. Y las extendieron a los buques tanque autopropulsados Doña Annette y Don Juan.
“Al otro portacontenedores, el Nautic Twin, tuvimos que cortarlo porque tenía 134,5 metros”, indicó Gunther.
No obstante, la solución judicial aún no llega. “Los camaristas nos dicen que necesitan más explicaciones y seguimos con nuestro derrotero”, amplió.
–¿Cuál es la respuesta que obtuvieron en Prefectura y en Vías Navegables?
–La Prefectura dijo que es un tema que debe resolver Cancillería y que ellos están contestes con el Tratado de Libre Navegación, pero que aguardan instrucción. En Vías Navegables, Gustavo Deleersnyder (funcionario a cargo de la Dirección Nacional de Transporte Fluvial y Marítimo) objeta la profesionalidad de nuestra gente, que navega hace más de 30 años y que son prácticos habilitados por la Prefectura paraguaya y reconocidos por la Prefectura argentina.
–¿Y cómo está el diálogo entre las Cancillerías?
–Nuestra Cancillería es medio floja. Tenemos excelente diálogo con todas las autoridades, pero se ve que alguien en la Prefectura Argentina y en la Subsecretaría (de Puertos y Vías Navegables) tiene otros intereses. Nosotros pedimos la eliminación total de esta exigencia (de embarcar a prácticos argentinos).
–Si el Tratado no impone restricciones a la navegación, ¿dónde nacen estas limitaciones?
–En la interpretación que comenzaron a hacer en la Argentina del Reginave.
–¿Pero es una resolución nueva, la dejaron por escrito?
–No, directamente te paran en el barco. Y ningún capitán paraguayo navegando en un río extranjero como el Paraná se va a oponer.
–¿A cuánto asciende la flota afectada por la decisión argentina?
–Están nuestros tres buques y luego está el Jozamo, de Naviship, que es la gente de Maersk en Paraguay, que también obtuvo un amparo porque tiene 146 metros de eslora. Luego hay armadores que decidieron parar los barcos y no operarlos, y otros que decidieron cortarles la proa. Nosotros no vamos a cortar proas a los buques, vamos a seguir peleando.
–¿Quién es el que está objetando a los prácticos paraguayos para navegar en el Paraná?
–Deleersnyder. Dicen que no están preparados ni capacitados. Son argumentos que no se condicen con lo que hacemos hace décadas: si fuera como él dice, hace rato la Argentina hubiera anulado el Tratado bilateral. Pero arrancó con Tettamanti esto. Nos trató muy mal. Con el cambio de Gobierno se solucionaron muchas cosas, e incluso el presidente Macri tuvo un gran acercamiento con el nuestro (Horacio Cartes). Pero este tema de la hidrovía quedó sin solución.
–¿Cómo se resuelve esta situación?
–La Cancillería argentina debería aceptar el pedido que le hizo ya el año último la Cancillería paraguaya y le ordene a la Prefectura que la exima de embarcar prácticos argentinos en buques paraguayos.
El tratado bilateral entre la Argentina y Paraguay cumple hoy 51 años. Por más de 40 años, ningún inconveniente se presentó respecto de la capacidad de los prácticos paraguayos en la navegación, o de su titulación. Hasta la gestión de Tettamanti, primero, y de Deleersnyder, después.