A partir de la firma del decreto de necesidad y urgencia 556/21, el Gobierno creó el Ente Nacional de Control y Gestión de la Vía Navegable.

El nuevo organismo funcionará de manera autárquica, autónoma y descentralizada en el ámbito del Ministerio de Transporte, y tendrá su sede en Rosario.

Su misión será “velar por la calidad y adecuada prestación de los servicios, la debida protección de los usuarios y las usuarias, el resguardo de los bienes de dominio público y privado del Estado nacional y el cumplimiento de las leyes, reglamentos y marcos contractuales y regulatorios mediante el ejercicio de la actividad de auditoría, control, inspección, regulación y seguimiento de las materias administrativas, ambientales primarias, económico-financieras, legales, determinación y/o modificación de traza, tarifarias y técnicas de los contratos de concesión de obra pública y otros que pudieran realizarse para el desarrollo de trabajos de modernización, ampliación, operación y mantenimiento del sistema de señalización y balizamiento, de dragado y redragado, control hidrológico y/o de actividades complementarias a aquellos, sobre la vía navegable troncal” entre el kilómetro 1238 del río Paraná (Confluencia) y la zona de aguas profundas del Río de la Plata.

Y agrega: “Y de aquellos sectores que el Poder Ejecutivo Nacional le asigne en el futuro”.

Inicio

Las funciones del Ente comenzarán una vez que se licite la futura concesión de la vía navegable, en los términos dispuestos por el decreto 942/20. Es decir, una vez que la Subsecretaría de Puertos, Vías Navegables y Marina Mercante eleve los pliegos para la aprobación de Transporte, para su posterior licitación y adjudicación.

Contará con un consejo directivo de 15 miembros (que deberá ajustarse a los parámetros de paridad de género). El presidente del ente será designado por el Presidente de la Nación. En tanto, Transporte contará con un vicepresidente y 2 vocales, mientras que las carteras de Interior y Desarrollo Productivo nombrarán a los vicepresidentes 2° y 3° y a 1 vocal, cada uno, respectivamente.

Por su parte, las 7 provincias signatarias del Acuerdo Federal Hidrovía propondrá cada una 1 vocal.

Peajes

El Ente será el encargado de percibir los peajes “por cuenta y orden del concesionario, previa detracción de los montos que correspondan”, establece el DNU en su artículo 5°.

“La percepción por el Ente de las tarifas y/o peajes previstos en el presente artículo se hará efectiva a partir del inicio de la operación por parte del
adjudicatario o de los adjudicatarios de la licitación prevista por el Decreto 949/20”, agrega la norma.

Es decir, esto remite a la conocida “licitación larga”, que sobreviene al período de transición en que la Administración General de Puertos (AGP) será concesionario de la vía navegable y cobrará los peajes.

Asesores

El Ente contará además con una “comisión asesora” que dictaminará “con carácter no vinculante” y que funcionará en carácter “ad honorem”.

La misma será integrada por un vocal de los siguientes Ministerios y organismos:

  • Agricultura
  • Ambiente
  • Seguridad
  • Obras Públicas
  • Relaciones Exteriores
  • Consejo Interuniversitario Nacional
  • Transporte (a instancia de las asociaciones sindicales representativas)
  • Transporte (a instancia de las asociaciones de usuarios)

Por otra parte, se crea la cuenta especial “Fondo Vía Navegable”, que recaudará fondos provenientes de los importes y cánones, subsidios (si los hubiere), multas y “recursos que se le asignen de conformidad con la Ley de Presupuesto para la Administración Pública Nacional”.

El texto

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Foto: Paul