El Banco Central dispuso nuevas condiciones para el acceso al mercado único y libre de cambios (MULC).
De acuerdo con una comunicación realizada sobre el fin de la jornada, el Directorio estableció “que las empresas que cuenten con activos líquidos originados en la formación de activos externos deberán disponer primeramente de esos recursos para el pago de obligaciones con el exterior”.
Es decir que los importadores deberán primero disponer de sus dólares (si los tienen) para cancelar obligaciones con sus proveedores del exterior.
Nuevas condiciones
Si no tienen liquidez en divisa, tendrán además nuevos condicionamientos para ingresar en el MULC.
Nunca parece suficientemente aclarado: importadores no son sólo los que compran insumos o bienes terminados para vender en el mercado local, son empresas argentinas que producen, emplean y tributan y precisan partes o líneas enteras del exterior para fabricar localmente.
Incluso, como más del 80% de lo importado va a procesos productivos nacionales, es fácil ver además que parte de esa producción también se exportará.
Así,toda medida restrictiva de la activa exportadora es un tiro en el otro pie que le permite avanzar al país: la exportación.
90 más 90
El BCRA extendió además a 90 días previos y 90 días posteriores “la restricción para realizar operaciones de compra venta de títulos públicos en moneda local con liquidación en divisas para las empresas que requieran acceder al mercado oficial de cambio”.
“Las empresas deberán solicitar autorización previa al BCRA para acceder al mercado de cambios para el pago de obligaciones comerciales con el exterior si redujeron el monto vigente al 1 de enero de 2020”, señala el comunicado.
“Para certificar las obligaciones dispuestas -continúa el texto del Central- se requerirá la presentación de una Declaración Jurada, la cual será verificada mediante el cruzamiento de las bases de SEPAIMPO (Sistema de Seguimiento de Pagos de Bienes) y RIOC (Régimen Informativo de Operaciones de Cambio), en caso de falsedad se bloqueará el acceso al mercado de cambios y se iniciarán las acciones penales cambiarias correspondientes”, advierten.
Previsible
Aunque no deja de sorprender, la medida era casi esperable.
Con más de dos años de caída de importaciones por la recesión interna, las empresas que buscan insumos en el exterior experimentan demoras adicionales en la autorización de las operaciones y dosificación de los permisos.
Estas restricciones se agregan a decisiones no revisadas por la actual Dirección del Central e instrumentadas durante el Gobierno de Macri, como la burocrática e insólita obligación -dispuesta en un escritorio, alejada de la realidad logística- de acreditar el ingreso de una importación dentro de los 90 días cumplidos desde el giro de divisas autorizado como anticipo al exterior.
La explicación: un deterioro en las reservas y la necesidad de “sostener” la situación social y económica derivada de la pandemia.