Casi 60 cámaras empresarias del Paraguay le reclamaron a su gobierno tomar medidas de retaliación en contra de la Argentina por la decisión de comenzar a cobrar peaje al tráfico fluvial internacional en el tramo Santa Fe al norte del río Paraná.
La mediterraneidad de la economía paraguaya -cuyo comercio exterior se realiza entre un 70 y un 80 por ciento por la vía fluvial, con el recurso al transbordo en puertos argentinos o uruguayos- queda sobreexpuesta con esta medida que, según señala el sector privado, incrementará los costos en alrededor de 55 millones de dólares por año.
La Federación de la Producción, la Industria y el Comercio (Feprinco), le reclamó al gobierno paraguayo “que adopte las medidas necesarias para la rectificación inmediata” del peaje de 1,47 dólar por tonelada de registro neto percibido desde el 1° de este mes a toda embarcación que navegue la vía navegable entre Santa Fe y Confluencia.
Normas bilaterales
“Esta imposición representa una violación a las normas de carácter bilateral entre la Argentina y Paraguay, que supondrá un sobrecosto para empresas importadoras y exportadoras del Paraguay, afectando a todo el costo logístico de nuestro país”, señaló la Federación en un comunicado suscripto por 57 cámaras que representan prácticamente a la totalidad de la economía del país vecino.
“El Acuerdo de Transporte Fluvial por la Hidrovía Paraguay-Paraná, que forma parte de la legislación de ambos países, establece en sus capítulos 1 a 4, principios como la libertad de navegación, igualdad de tratamiento y libertad de tránsito, que están siendo abusivamente vulnerados”, continuaron.
“Pedimos al gobierno paraguayo que responda con la adopción de medidas espejo ante esta decisión unilateral por parte del gobierno argentino”, finalizaron.
Inaceptable
Una editorial del diario La Nación, de Paraguay, critica también la decisión argentina, mencionando que el peaje fue dispuesto por una resolución ministerial “de escaso peso jurídico”. “Ni siquiera por un decreto del Poder Ejecutivo y menos de una ley”, señala el artículo, que sostiene que Paraguay no debe aceptar el peaje porque se vulnera “los tratados internacionales del Mercosur y la Hidrovía”.
“Paraguay no tiene por qué aceptar esa lamentable imposición argentina”, destaca la editorial, subrayando “la simple prelación de las leyes, que establece que los tratados están por encima de otras disposiciones de nivel jurídico inferior”.
De acuerdo con el medio paraguayo, el peaje se “creó” el 29 de septiembre de 2022 a través de la resolución 625/22 del Ministerio de Transporte.
Continuidad
En rigor, dicha resolución remite al actual contrato de concesión que recae sobre la Administración General de Puertos (decreto 427/21), que ya hablaba de una tarifa de cero dólar o peso para la navegación entre Santa Fe y Confluencia, “en continuidad del criterio establecido por el Acta Acuerdo ratificada por el decreto 113/10 en el marco del anterior Contrato de Concesión de Obra Pública por Peaje para la Modernización, Ampliación, Operación y Mantenimiento del Sistema de Señalización y Tareas de Redragado y Mantenimiento de la Vía Navegable Troncal aprobado por el decreto 253/95“.
De acuerdo con las autoridades argentinas, no se crea un peaje sino que se aumenta una tarifa (de 0 a 1,47) para solventar inversiones en tecnología y en obras de dragado, balizamiento y control hidrológico por parte de la AGP.
Acuerdo
En la audiencia pública, el sector privado paraguayo manifestó que los beneficios de dichos trabajos que la AGP realiza son imperceptibles, amén de referirse, prácticamente todos los oradores, al Acuerdo de Transporte Fluvial por la Hidrovía Paraguay-Paraná que impide la imposición de un gravamen sobre el transporte o sus cargas, en navegación, sin acuerdo previo del resto de los países signatarios.
La editorial también cita el Tratado de Navegación firmado por la Argentina y Paraguay en 1967 (navegación libre y en igualdad de condiciones) para criticar la norma argentina, junto con el tratado de Asunción, fundacional del Mercosur, que consagra la “libre circulación”, donde concluye que el peaje “es un gravamen a la circulación de las mercaderías”.
Los armadores cuyas embarcaciones transitan la vía navegable troncal reciben la factura por el peaje correspondiente, que es solidaria para con el armador, la embarcación y el capitán: en el caso de que no se pague, Prefectura debería negar el pase por la vía navegable.
Por lo pronto, más que medidas espejo, es probable que aparezcan amparos (una práctica conocida por el sector armatorial del país vecino ante decisiones tomadas por la Argentina que lo afectó) y, a lo sumo, en el plano oficial, un intento de reconsideración de la tarifa.