Fruto de las conferencias de Bretton Woods de 1944, aprovechando las necesidades de una Europa devastada por la Segunda Guerra y amenazada por el comunismo, Estados Unidos obtuvo el consenso para crear una institución de ayuda financiera internacional (FMI), una de fomento internacional (Banco Mundial) y un sistema de reglas que garantizara la apertura de los mercados (Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, GATT, en inglés). Por el peso de sus sectores republicanos proteccionistas no pudo crear un organismo que administre ese esquema.
Empero, 50 años más tarde, nacía la Organización Mundial del Comercio (OMC), en la denominada Ronda Uruguay del GATT de 1994.
A partir de los atentados terroristas de 2001 en Estados Unidos y Europa, y la implosión del sistema financiero en 2008 (con sus consecuencias internacionales), el intercambio comercial comenzó a mermar, por recaudos en materia de seguridad por un lado, y por el incipiente proteccionismo por el otro.
El aumento de tales barreras, el incremento de la participación de China en la economía mundial, la movilización de refugiados a los países centrales (huyendo de la guerra o la pobreza) y el resurgimiento de partidos políticos extremadamente nacionalistas en diversos países, potenciaron las trabas al intercambio comercial e incluso a diversos procesos de integración regional.
Estados Unidos es hoy, probablemente, uno de los mayores responsables en la implementación de tales políticas.
Estados Unidos, la OMC y la Argentina
El próximo 10 de diciembre Buenos Aires será sede de la 11° Conferencia Ministerial de la OMC, organismo que, con la parálisis de la Ronda Doha de 2001, a duras penas pudo implementar un Acuerdo de Facilitación del Comercio (AFC).
Estados Unidos llega a la Ministerial en su grado de máxima tensión con la OMC (aún como histórico protagonista principal) y con amenazas de renuncia. Por su parte, la Argentina llega en medio de un importante conflicto comercial en ciernes con Estados Unidos,que le aplicó medidas abiertamente contrarias al sistema multilateral del comercio GATT (renovado en 1994) y administrado por la OMC.
Hablamos de la improcedente barrera a las exportaciones de biocombustibles argentinos.
Estados Unidos considera que el gravamen por parte de la Argentina con derechos de exportación de alícuotas superiores al 0% a exportaciones de materias primas susceptibles (sólo eventualmente) de utilizarse para la fabricación de biocombustibles, frente a la alícuota del 0% de arancel que Argentina aplica a la exportación del biocombustible terminado, constituye un subsidio. Ello es groseramente inexacto.
Según el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias anexo al GATT de 1994 (ASMC) una subvención es una contribución financiera (donación, préstamo, aporte de capital, garantía de préstamo, incentivo fiscal mediante desembolso, suministro de bienes o servicios, o compra de bienes) por parte del país exportador que genera un beneficio a la exportación.
No toda subvención es contraria al ASMC: lo son las prohibidas por estar supeditadas al resultado de la exportación (o al empleo de insumos nacionales para la elaboración del producto objeto de la exportación) y las que causen un perjuicio grave (o amenaza de perjuicio grave) a una rama de producción del país importador y por tanto son recurribles (cuestionables).
Se advierte con claridad que el no gravar con una alícuota de arancel de exportación superior al 0% a las exportaciones de biocombustibles (aun cuando la exportación de materias primas que –sólo eventualmente– puedan llegar a utilizarse para la fabricación de aquélla mercancía se halle gravada con alícuotas superiores) no constituye una subvención en los términos del ASMC, razón por la cual no cabe analizar si tal “inexistente” subvención es prohibida o recurrible. Lisa y llanamente, no hay subvención.
Lo cuestionable, en todo caso, ya a partir del propio sistema GATT desde 1947, es el aumento de las alícuotas de los aranceles (barreras) a las exportaciones. Aunque en muy pocas ocasiones los países importadores impugnan tal medida adoptada por los países exportadores, pues todo país procura vender antes que comprar (salvo insumos).
No obstante ello, en la década pasada en la Argentina proliferaron los aumentos de alícuotas de derechos de exportación con mero propósito fiscal: los aumentos de los precios de las commodities garantizaban altos ingresos y, además, los lugares de generación de los hechos gravados son de fácil ubicación y control por parte de las aduanas para su recaudación (todo lo cual ayudó a paliar un notorio déficit en la administración –control y recaudación– de los impuestos interiores que es de esperar que se corrija).
Pero no han sido aquéllos aumentos de alícuotas de aranceles de exportación, vigentes desde hace más de 10 años, los impugnados por Estados Unidos a la Argentina: Estados Unidos aduce el uso de subvenciones contrarias al ASMC por parte de Argentina que, como vimos, no existen.
Impedimento
Por la misma razón tampoco puede cuestionarse la ausencia de aumento de alícuota de aranceles a la exportación de biocombustibles como producto terminado, ni la Argentina puede aumentarlas como oferta de negociación (como se intentó) pues tal impedimento es uno de los principales objetivos del GATT desde 1947 (y ello es así aunque la exportación de ciertas materias primas se halle gravada con alícuotas superiores).
No sería irrazonable imaginar que Estados Unidos haya justificado su accionar en eventuales subvenciones efectuadas por la Argentina (que no existen) luego del resultado adverso obtenido por la Unión Europea ante las reclamaciones argentinas en la OMC que determinó la inexistencia de dumping en las exportaciones argentinas de biodiesel a Europa.
Así, con ajuste al ASMC, mal pueden aplicarse a título de defensa comercial derechos compensatorios como recientemente lo hizo Estados Unidos a importaciones de biocombustibles exportados desde la Argentina.
Al parecer, el Estados Unidos, promotor del librecambio desde hace más de 70 años, no sólo llega proteccionista a la Ministerial de la OMC en Buenos Aires, sino además transgrediendo, y pretendiendo que la Argentina transgreda, las reglas del sistema multilateral del comercio. No es un buen augurio.
El autor es abogado, experto en derecho aduanero y del comercio internacional