Mientras la crisis de credibilidad endémica sobre el funcionamiento burocrático del Estado parece extenderse al Gobierno, algunas decisiones de la Administración invitan a pensar que algunas cosas pueden cambiar, y abrigan esperanzas de que no se trate de excepciones que confirman la regla. Tal es el caso de las respuestas que se obtienen con los pedidos de acceso a la información pública, que obligan a cada repartición y funcionario cuestionado a responder y fundamentar. Y, en última instancia, corregir.

Tal es el caso del Código de Ética de la AFIP, un proceso que llevó varios años, y que se nutrió, según pudo saber Trade News, de observaciones de un despachante de aduanas.

En marzo de este año, la Administración Federal de Ingresos Público (AFIP) aprobó con un nuevo Código de Ética para todo su personal, que especifica, sin dejar dudas, cuáles son las incompatibilidades para el ejercicio de la función, según explicita el apartado sobre los “conflictos de intereses”.

El Código de Ética incorpora prohibiciones y directrices preventivas que apuntan sobre todo a los vínculos entre funcionarios de la AFIP y operadores aduaneros que, si bien estaban expuestas en el artículo 5° del decreto 618/97 (fundacional de la AFIP) , la realidad y ciertos casos resonantes –vinculados con el exadministrador federal Ricardo Echegaray– demostraron que fueron sistemáticamente ignorados.

Dicho artículo especificaba que “quienes desempeñen cargos de cualquier categoría, rentados o no, en la AFIP no podrán ocupar cargos o mantener relaciones de cualquier naturaleza o de asesoramiento con firmas exportadoras o importadoras o con despachantes de aduana”.

No obstante, aparentemente en los hechos no se estaba cumpliendo con el debido monitoreo y control de incompatibilidades o conflictos de intereses.

Pedidos de informe

En 2014, un despachante de aduanas, Jorge R. Safe, planteó ante la Aduana la necesidad de “determinar si el vínculo familiar de funcionarios de la AFIP-DGA con despachantes de aduana y/o demás sujetos que realizan en nombre de terceros ante el servicio aduanero trámites y diligencias relativos a la importación, la exportación y demás operaciones aduaneras, puede crear conflictos de intereses o la apariencia de un conflicto de intereses“. Mismo pedido de aclaración abarcaba a los gestores aduaneros “con familiares trabajando en la AFIP-DGA”.

Ese tipo de relaciones podían afectar el debido control y promover la competencia desleal entre gestores y operadores aduaneros”, explicó Safe a Trade News.

La presentación de Safe, en 2014, durmió el sueño de los justos. Salvo por una nota circulada por la entonces subdirectora general de Recursos Humanos, María Siomara Ayerán, que había sido directora general de Aduanas entre 2010 y 2013. Ayerán respondió a una presentación de Safe avalando una revisión e incorporación de esas vinculaciones a la matriz de riesgo del control aduanero.

“En el 2016 volví a insistir ante Alberto Abad con un petitorio”, recordó Safe.

Finalmente, los sucesivos pedidos de acceso a la información pública y de rendición de cuentas por parte de los funcionarios redundó en las incorporaciones al nuevo código de ética de prohibiciones más específicas a partir de casos puntuales que dejaban en evidencia los daños que se generaban. Así da cuenta la respuesta dada por la Dirección de Integridad Institucional de la AFIP, bajo la nota 161/18.

Incorporación al Código de Ética

Solicité que se tomaran urgentes medidas éticas para detectar las vinculaciones e impedir que afecten el control aduanero y la leal competencia en el comercio exterior”, resumió el despachante, tras agregar que “surge de la nota 161/18 que, tras casi 4 años de estudio de mis presentaciones, se decidió incorporarlas al código de ética, mediante el anexo 1, punto 5, que trata sobre los conflictos de intereses”.

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Allí se señala que “los funcionarios funcionarios deberán (…) abstenerse de ocupar cargos o mantener relación de cualquier naturaleza -incluido el asesoramiento- con firmas exportadoras, importadoras o despachantes de aduana en la medida en que el agente, considerando su competencia funcional o ámbito de actuación, pudiera ejercer una influencia indebida”, así como también deberán “declarar y mantener actualizada la nómina de familiares dentro del marco de la Declaración Jurada de Información Confidencial (DJIC) indicando cuales de ellos se desempeñan en el Organismo”.

De acuerdo con el nuevo código de ética de la AFIP, que obliga a los funcionarios a declarar y mantener actualizada la nómina de familiares, el organismo estableció el “Régimen Declarativo de Información Confidencial (RDIC)” , es decir, una declaración jurada que todos los años los funcionarios de la AFIP deben presentar. Su instrumentación comenzará el 21 de este mes, y se completará el 30 de noviembre y el 15 de marzo, fecha en la que todo el personal de la AFIP deberá haber completado la presentación.

Los funcionarios deberán declarar, entre otros, quiénes son sus familiares (padre, madre, cónyuge/conviviente, hijos/hijastros, hermanos unilaterales o bilaterales) y sus actividades, como por ejemplo, servicios contables y los relacionados con el comercio exterior (importador, exportador, despachantes de aduana, agentes de transporte y demás auxiliares del comercio exterior, etc).

Después de casi 4 años de investigaciones, el control aduanero y la competencia leal entre operadores del comercio exterior tendrán más claro el panorama respecto de la incidencia de las vinculaciones entre funcionarios de la AFIP y importadores, exportadores, despachantes de aduana y demás auxiliares aduaneros”, resumió Safe, que calificó la decisión como “un paso adelante”.